Líneas de atención al cliente : En Bogotá (+601) 327 4712 ó 4713 y a nivel Nacional 018000 111 935
La póliza está enfocada en proteger el patrimonio de los profesionales (empresas o personas naturales NO MEDICAS) asegurados, frente a las pérdidas resultantes de reclamaciones por SERVICIOS PROFESIONALES que se presenten en su contra, por actos incorrectos, errores u omisiones cometidos en el desarrollo de su actividad profesional, viéndose este legalmente obligado a indemnizar los perjuicios ocasionados.
Aseguramos todas aquellas empresas que se dediquen a la prestación de servicios profesionales de medio y no de resultado; principalmente aquellas asociadas a temas de INFRAESTRUCTURA.
¿Cuáles son los Beneficios del Seguro de Responsabilidad Civil Profesional?
Nuestros Asegurados cuentan con coberturas diseñadas específicamente para la actividad que desarrollan y los riesgos a los que se ven expuestos.
En todos nuestros seguros encontrarás condiciones económicas y técnicas muy favorables y competitivas con tasas y deducibles que se ajustan a la necesidad de nuestros asegurados.
Tranquilidad ante un eventual siniestro, ya que serán atendido por expertos profesionales con un alto grado de conocimiento.
Un equipo de colaboradores expertos con toda la disposición de atender sus inquietudes.
Un gran equipo humano para el manejo ágil y oportuno en la atención de siniestros.
Proceso para Asegurar tu empresa
1. Para la cotización de tu seguro requerirás:
Que el Asegurado desarrolle actividades profesionales o preste servicios relacionados principalmente con Ingeniería Civil, Arquitectura, Contaduría, Derecho.
Presentar el formulario debidamente diligenciado, con fecha y firma del representante legal (ideal contar con la firma del responsable de cada área que suministre información).
Estados financieros del ultimo año
Informe del Revisor Fiscal
2. Recibirás un SLIP de condiciones técnicas y económicas.
3. Posteriormente, para la expedición de tu póliza será necesario:
Formulario de conocimiento del cliente GCR -2-R-1.
Cámara de comercio.
Cedula ciudadanía (para entidades jurídicas la del Representante legal),
Rut,
Tarjeta Profesional cuando se toma a titulo individual.
¿Cuáles son los amparos del Seguro de Responsabilidad Civil Profesional?
Amparo Básico
Responsabilidad Civil Profesional.
Entendiéndose por Responsabilidad civil profesional la que sea imputable al asegurado como consecuencia de una acción u omisión involuntaria en el ejercicio de una actividad profesional
Amparos Adicionales
Las coberturas adicionales deben contratarse por solicitud del asegurado
Vigencia
Este seguro se suscribe por el término de un año, sin renovación automática, de acuerdo a la modalidad de aseguramiento se podría solicitar un periodo de retroactividad así como un periodo extendido de reclamación, ambos deberán constar específicamente en la caratula de la póliza y dependiendo del tipo de riesgo pueden generar un cobro de prima adicional
Trámites en caso de siniestro
El asegurado deberá informar inmediatamente el siniestro, comunicándose por vía telefónica con la Compañía Seguros Mundial a las siguientes líneas: En Bogotá al teléfono 3274712 / 3274713, en el resto del país 01 8000 111 935. Al presentar la reclamación el asegurado y/o beneficiario deberá acreditar la ocurrencia del siniestro de conformidad con el artículo 1077 del Código de Comercio.
Como paso a seguir, deberá adjuntar la siguiente documentación:
Informe por escrito en el cual consten las circunstancias de modo, tiempo y lugar de la ocurrencia del hecho.
Proporcionar la información adicional que solicite la Compañía Aseguradora.
Prima o Tarifas
La tarifa depende de todo un conjunto de variables que a través del diligenciamiento del formulario o cuestionario de solicitud de seguro, permiten evaluar y considerar diferentes factores, como lo son la actividad, el número de empleados, los ingresos, la cobertura adecuada frente a la necesidad de cada riesgo, la aplicación de sublímites, experiencia, tipo de especialidades etc., permitiendo así identificar la tarifación más adecuada y competitiva para nuestros asegurados.
Garantía de pago de Prima
La prima debe ser recaudada dentro de un término “máximo” de treinta días contados desde el inicio de la vigencia
¿Qué hacer en caso de un siniestro?
Comunicarse a la Línea en Bogotá 3274712 / 327 47 13 o en la Línea Nacional 01800111935 y dar aviso de lo sucedido, allí te indicarán los pasos a seguir.
¿Por qué es necesaria esta póliza?
Un seguro de responsabilidad civil profesional es importante porque es la clave para que el profesional se sienta seguro y confiado de su trabajo, para que éste pueda ejercer libremente su carrera teniendo la seguridad de que sus acciones, de llegar a equivocarse sin intención, no terminaría acabando por completo con su patrimonio.
¿Quiénes son los asegurados de esta póliza?
Los Asegurados bajo esta póliza, serán todos aquellos individuos o personas profesionales y/o empresas que prestan un servicio, para el cual es necesario una preparación y adquirir los conocimientos que permitan ejercer dicha actividad
¿Qué es el deducible?
Es en caso de un siniestro, es la parte de la indemnización que asume el Asegurado.
¿Qué es la prima?
La prima es el costo que tiene el seguro para el cliente, es decir, es el valor que el cliente pagará para gozar de la protección.
¿Dónde me puedo comunicar para adquirir el seguro?
A través de nuestra línea telefónica 327 47 12 / 327 47 13 o con su agente de seguros.
De conformidad con los artículos 1053, 1077 y 1080 del Código de Comercio, corresponderá al asegurado demostrar la ocurrencia del siniestro, así como la cuantía de la pérdida, si fuere el caso y al asegurador le corresponderá demostrar los hechos o circunstancias que sean excluyentes de su responsabilidad.
Por otra parte, el Asegurador deberá pronunciarse frente al reclamo dentro del mes siguiente a la fecha en que el asegurado o beneficiario acredite, aún extrajudicialmente, su derecho ante el asegurador.
Si vencido el plazo del mes el asegurador no ha objetado de manera seria o fundada, o pagado el reclamo, la póliza acompañada de la reclamación, prestará mérito ejecutivo y dará derecho al asegurado además de la obligación a su cargo y sobre el importe de ella, un interés moratorio igual al certificado como bancario corriente por la Superintendencia Financiera aumentado en la mitad.
Derecho de subrogación del asegurador: De conformidad con lo establecido en el artículo 1096 del Código de Comercio, el asegurador que pague una indemnización, se subrogará (puede ejercer las acciones legales) hasta por el valor pagado, en los derechos del asegurado contra las personas responsables del siniestro.
Trabajamos desde hace 40 años en el mercado asegurador colombiano.
Acompañamos a nuestros clientes y damos soluciones a sus necesidades